martes, 3 de febrero de 2009

COMITE DE PARTICIPACION CIUDADANA EL QUISCO SOBRE PLAN REGULADOR COMUNAL


El Quisco, 2 de febrero del 2009.
Sres.
Natalia Carrasco Pizarro,
Alcaldesa
Concejales:
José Moraga Lira,
Andrés Berríos Olmedo,
María Bianchi Berroeta,
Guillermo Romo Díaz,
Guillermo Vidal Devia,
Cristopher Ceballos Lira
I. Municipalidad de El Quisco
Pte.

Sres. del Concejo Municipal,
A mediados de Enero los habitantes de El Quisco fuimos convocados por la Municipalidad a la Presentación Final del Estudio Nuevo Plan Regulador Comunal El Quisco, presentado por la consultora URBE en el Auditorio Municipal el jueves 15 de enero del 2009, a las 18.30 hrs. Según invitación firmada por la Alcaldesa, era la ocasión de de opinar y “sancionar una nueva propuesta de ordenamiento territorial”.
Al respecto, deseamos informarles que, en dicha asamblea, la consultora URBE no presentó ninguna propuesta de Plan Regulador para nuestra comuna:
NO expuso ningún plano
NO expuso la propuesta de zonificación
NO expuso las nuevas densidades de población propuestas
NO expuso los límites urbano-rural
NO expuso la red vial propuesta para la comuna
Y, en general, NO cubrió ninguno de los grandes temas especificados por el Art. 41 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, los cuales incluyen justamente zonificación, fijación de límites urbanos, estructura vial y densificación de la población en función de la factibilidad sanitaria y energética.
Esta situación nos causó tal inquietud, que de inmediato pedimos la opinión de dos expertos urbanistas de amplia y reconocida trayectoria, los Sres. Guillermo Condemarín y Guillermo Moreno Lara. El Sr. Condemarín nos entregó un análisis de la nueva Ordenanza del Plan Regulador propuesta por URBE, con numerosas observaciones; entre ellas las siguientes:
1. La ordenanza preparada por URBE contiene todo tipo de errores generales, como párrafos que aluden a otra comuna, falta de rigurosidad en la redacción, mala calidad de expresión en el plano comunal, errores en las poligonales, etc. La ordenanza contiene además una impresionante lista de fallas técnicas: contradice normas de la Ordenanza general de Urbanismo y Construcciones, generando definiciones que no corresponden; exigiendo normas urbanísticas obsoletas, no cumpliendo con exigencias taxativas para la definición de los cuadros de vialidad, etc. La ordenanza cita normas no atingentes, o que están derogadas, o mal interpretadas, o que no se deben regular mediante esta ordenanza porque ya están reguladas a nivel nacional. También omite regulaciones nacionales que deben considerarse a nivel local, o inventa otras que no existen, o cae en contradicciones con su propio contenido.
2. Más allá de los errores técnicos, el plan sostiene una propuesta de densificación que nos deja pasmados, porque nunca nadie nos dijo nada al respecto: sólo considerando las zonas ABD1 y ABD5 se proyectaría una población de más de 360.000 habitantes!
3. El experto nos advierte que cualquier plan comunal debe supeditarse al Plan Regulador Intercomunal, cosa que no sucede en este caso. El proyecto de URBE sobrepasa en más de 4 veces la densidad de habitantes asignada a El Quisco en el plan intercomunal!
4. El Art. 6º de la ordenanza define los límites urbanos de modo que coinciden con los límites comunales. Esto significa que en nuestra comuna se acaban las zonas rurales, seríamos 100 % urbanos! El experto pregunta: "¿El Quisco es una comuna 100% factible de urbanizar?, ¿hay capacidad de los servicios sanitarios y de urbanización para urbanizar la totalidad de la comuna? ¿Se justifica?"
5. El Art. 35 define las zonas que componen el Plan Regulador. Comparando el texto con el plano, en primer lugar, se pregunta por qué hay zonas que están repartidas entre tantas otras. El experto urbanista no ve ninguna razón para eso.
6. En cuanto a la vialidad urbana estructurante, el urbanista Condemarín detecta errores que van desde el incumplimiento de normas básicas estipuladas por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, hasta errores conceptuales, como la constante confusión urbano-rural en un proyecto que elimina totalmente lo rural.
7. Dice Condemarín: “De acuerdo al penúltimo inciso del artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones las vías rurales no pueden ser declaradas de utilidad pública. Pero del mismo modo que el artículo 38, el plan Regulador Comunal de El Quisco incluye la totalidad del territorio comunal, por lo que es inoficioso las definiciones de urbano y rural”.
8. También, el especialista nos advierte que “las vías de servicio señaladas como apertura, no tienen valor como declaración de utilidad pública mientras el municipio no tenga los fondos dispuestos para su expropiación, por lo que la mención de las vías de servicio no tiene aplicación…”
Con respecto a la densidad propuesta por URBE, el arquitecto Sr. Moreno tuvo la gentileza de medir áreas y preparar el siguiente cuadro, cuya explicación es simple: si URBE propone una densidad de 2.000 habitantes para la zona ABD5, que suma un total de 134 hectáreas, esto significa que ella podría albergar un máximo de 268.000 habitantes.
Sumando apenas cinco zonas residenciales, sin incluir las áreas verdes de dichas zonas, el Sr. Moreno concluye que URBE está proponiendo una población máxima de 444.000 habitantes!!!

PROPUESTA PRC DE EL QUISCO
Superficie de zonas habitacionales con mayor densidad propuesta y estimación de población máxima posible de albergar en ellas
ZONA SUPERFICIE DENSIDAD POBLACION
Zona- Hectareas --Hab/ha --Habitantes

A 2 -----83,29 ----- 1000------ 83.290

A 3----48,21---- 800 ------38.568

A 4 --64,16 -----650 -------41.704

AB3- 15,59------- 800 --------12.472

ABD 5- 134,29 --2000--------268.580

TOTAL 345.5________ 444.614


Sres. Concejales: Comprenderán que cuando una comuna tiene 9 mil habitantes, como El Quisco, el hecho de que URBE proponga subir la densidad a medio millón de personas resulta ALARMANTE.
Es alarmante en primer lugar porque los quisqueños sufrimos a diario el déficit de todo tipo de servicios, que van desde una obvia insuficiencia en la recolección de basura, hasta las insuficiencias de los sistemas de alcantarillado y el hecho de que el único hospital de la provincia está colapsado y si no cubre bien las necesidades de 9 mil habitantes, mal podría cubrir las necesidades de medio millón de personas.
Es alarmante porque los quisqueños acarreamos problemas de desempleo, déficits en atención de salud, insuficiencias en sistemas de alcantarillado, déficits de vigilancia policial, déficits de pavimentación, falta de oportunidades para los jóvenes, aumento de la delincuencia, etc. Estos déficits no han sido resueltos para apenas 9 mil habitantes, imposible creer que la comuna podrá atender las necesidades de medio millón de habitantes!
Es alarmante porque pese a las directrices establecidas en la DDU 55 del Ministerio de Vivienda, en este proyecto no vemos ninguna relación entre la brutal densificación propuesta por URBE y la Estrategia de Desarrollo Comunal que debe servirle de base, a fin de que el uso del espacio físico sea la expresión territorial de ese Plan de Desarrollo.
Es alarmante porque en la asamblea de vecinos citada por la Alcaldía para conocer y “sancionar” la presentación “final” de este plan, los consultores de URBE no dijeron una sola palabra acerca de la densificación propuesta, y tampoco la mencionaron en reuniones previas.
Es alarmante porque el asesor urbanista de la Municipalidad, Sr. Gabriel Reyes, tampoco explicó ni ha explicado nunca estos aspectos del nuevo plan regulador y, peor aún, siempre evade las respuestas concretas a preguntas concretas de los vecinos.
Es alarmante porque la Alcaldesa nos citó a “sancionar” una propuesta de este tamaño, y estando presente en la asamblea de vecinos NO exigió a URBE que presentara el plano, ni la zonificación, ni ninguno de los temas especificados por la Ley de Urbanismo y Construcciones, y tampoco explicó las relaciones entre este plan y el Plan de Desarrollo de la Comuna, lo cual significa que no cumplió con su deber de presentar planes en forma fundada (Art. 56, Ley de Municipalidades).
Por todo lo expuesto, los firmantes solicitamos que este Concejo Municipal cumpla con el Art. 79, letra d de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el sentido de fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan comenzando por solicitar respuesta escrita a las siguientes consultas:
1. Exactamente en qué etapa se encuentra este proyecto de plan regulador, de acuerdo al Art. 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que fija el procedimiento para elaboración y aprobación de los Planes Reguladores Comunales?
2. Exactamente qué motivo existe para transformar el 100 % de la comuna en área urbana, eliminando del todo las zonas rurales?
3. Exactamente cuál es la población máxima que puede albergar cada una de las zonas propuestas en este plan regulador?
4. Exactamente qué relación tiene el Plan de Desarrollo Comunal con la densificación propuesta en este plan?
5. Exactamente qué financiamiento tiene asegurado para cubrir los costos de la apertura de las vías de servicio, incluyendo las respectivas expropiaciones?
6. Exactamente qué financiamiento tiene asegurado para el cruce de quebradas que requieren las vías colectoras propuestas por el plan?
7. Exactamente qué calles serán afectadas por los ensanches, en qué lado y en qué medida?
8. Exactamente qué financiamiento tiene asegurado para las expropiaciones involucradas en dichos ensanches?
9. Exactamente cuándo se informará a los vecinos afectados por estas expropiaciones que sus propiedades quedarán gravadas y tendrán áreas no edificables?
10. Atendiendo a la densificación propuesta por este plan, solicitó a URBE un estudio de impacto vial?
11. Solicitó a URBE el estudio de factibilidad para dotar de agua potable y alcantarillado, en relación con el crecimiento urbano proyectado, estudio que según el Art. 42 de la Ley de Urbanismo y Construcciones requiere consulta previa al Servicio Sanitario de la Región?
12. Se solicitó además el Estudio de Riesgos y Protección Ambiental requerido por ley?
13. Exactamente por qué solicita a los vecinos que sancionemos un plan que contradice normas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y que contradice también los límites de densidad establecidos por el Plan Regulador Intercomunal?
14. Le advirtió el asesor urbanista Gabriel Reyes acerca de los errores, falencias y contradicciones que contiene la Ordenanza de plan regulador propuesta por URBE?
15. Si no le advirtió, cómo evalúa su desempeño profesional y qué medidas piensa tomar al respecto?
Sres. Concejales, los temas involucrados en esta propuesta de plan regulador son de tal envergadura y sus implicaciones son de tal largo plazo, prácticamente irrevocables, que los vecinos estamos realmente ALARMADOS.
Solicitamos que ustedes cumplan el rol de fiscalizadores que les asigna la ley y, en representación de la comunidad quisqueña soliciten de la Alcaldía respuesta escrita a las quince preguntas planteadas aquí. Asimismo, solicitamos que este Concejo adopte de inmediato una posición de rechazo a la presentación “final” del proyecto realizada por URBE en el Concejo del 13 de enero del 2009, y ante los vecinos el 15 de enero del mismo mes, ya que en ambos casos la exposición mostró los mismos déficits de información, errores y omisiones expuestos aquí, más otros que pudiesen resultar de un estudio más detenido del proyecto.
Sinceramente,

Raquel Salinas Bascur Iván Labra Moya Solange Figueroa Mac -Ginty
Comisión de Participación Ciudadana – Comisión Territorial
EL QUISCO.
Adjunto:
Análisis de la Ordenanza de Actualización del Plan Regulador, realizada por el urbanista don Guillermo Condemarín

Con copia:
- Cada uno de los Sres. Concejales
- Director de Obras, El Quisco
- Seremi de Vivienda y Urbanismo, Valparaíso
- Arquitecto Patricio Herman, “Defendamos la Ciudad”
- Vecinos